Frente a los nubarrones negros de la crisis económica, los bancos se blindan como pueden para no caer en pérdidas, y para ello cuentan con la colaboración de los gobiernos. Recordando las sublimes palabras de Zapatero la noche electoral: "Vamos a ayudar a quienes más lo necesitan, a los que menos tienen", sólo unos días después han desempolvado un viejo artículo de la Ley Hipotecaria de 1982 pero que no se aplicaba y que ahora, después de tanto tiempo han convertido en decreto ley: se refiere a la obligatoriedad que tiene el contratante de una hipoteca de ampliar la misma si el precio del bien hipotecado desciende más de un 20% respecto a la tasación inicial y, por lo tanto, deja sin garantía parte del préstamo, en cuyo caso se verá obligado a ampliar la cuantía de la hipoteca con otros bienes (incluyendo nómina) hasta cubrir por completo la deuda.
Por eso a los bancos no les tembló la mano al otorgar hipotecas por encima del 80% del valor de tasación ni al aceptar tasaciones claramente infladas que excedían del valor de mercado del inmueble manipulándolo; en el fondo sabían que el riesgo de estas operaciones recaía más en el tomador del préstamo que en el banco que lo otorga, ya que la ley protege al más fuerte.